Micelio
Auto8 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Laura Patricia Yepes Porto·Demandado Juzgado Quince Penal Con Función De Control De Garantías Y La Dirección Ejecutiva De Administración Judicial €? Seccional Atlántico

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo del Atlántico, Despacho 003, Sala de Decisión Oral, Sección B y el Juzgado Doce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho tomó las reglas de reparto contenidas en el numeral 1 del artículo 1º del Decreto 333 de 2021 para abstenerse de conocer la tutela.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Administrativo del Atlántico, Despacho 003, Sala de Decisión Oral, Sección B para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una advertencia a esta autoridad para que, B, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 20 de enero de 2023, proferido por el Tribunal Administrativo del Atlántico, Despacho 003, Sala de Decisión Oral, Sección B, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por Laura Patricia Yepes Porto contra el Juzgado Quince Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla y la Dirección Ejecutiva Seccional de la Administración Judicial de Barranquilla.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4356 al Tribunal Administrativo del Atlántico, Despacho 003, Sala de Decisión Oral, Sección B para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR al Tribunal Administrativo del Atlántico, Despacho 003, Sala de Decisión Oral, Sección B, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Doce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.